Fundación de Interés Privado

Las Fundaciones de Interés Privado en Panamá son vehículos jurídicos diseñados para la protección, planificación y transmisión de patrimonios, combinando elementos de las fundaciones tradicionales y los fideicomisos.
A través de una Fundación, una persona puede separar formalmente su patrimonio personal, asignándolo a fines específicos (como herencia, protección familiar o fines filantrópicos), sin que esté sujeto a reclamos de terceros ni expuesto a riesgos empresariales o personales.

Características principales:

  • Separación legal de activos: Los bienes aportados a la Fundación dejan de formar parte del patrimonio personal del fundador.

  • Protección contra acreedores: Activos protegidos frente a futuras reclamaciones, siempre que no existan fraudes o deudas preexistentes.

  • Planeación sucesoria: Evita procesos de sucesión judicial y permite transmitir bienes de forma privada y directa según las reglas establecidas en el reglamento de la Fundación.

  • Flexibilidad: Puede administrar activos de cualquier tipo (bienes inmuebles, cuentas bancarias, inversiones, obras de arte, entre otros).

  • Privacidad: Aunque la Fundación se registra públicamente, los beneficiarios y el contenido del reglamento fundacional pueden mantenerse confidenciales.

  • Eficiencia fiscal: Si las rentas provienen de fuentes extranjeras, están exentas de impuestos en Panamá.

Las Fundaciones panameñas son ampliamente reconocidas y utilizadas en estructuras de planificación patrimonial a nivel internacional por su solidez legal, bajo costo de mantenimiento y flexibilidad.


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